¿Existe la jerarquía de derechos?, la mirada de Franco Gatti
Las medidas implementadas por el gobierno nacional para controlar la propagación del coronavirus, generaron una interesante discusión sobre los derechos individuales y grupales.
El Dr. Franco Gatti, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Nacional de Rosario, la analizó este jueves en RADIO META.
“Es una discusión importante, hay un sector del constitucionalismo más conservador, se podría decir, que está insistiendo de una manera bastante manifiesta en el reclamo del cercenamiento de algunos derechos individuales; puntualmente por el derecho a la circulación, en algunos lugares también por la libertad de comercialización, de trabajo… Es un grupo de derechos que primero aparecieron en la historia del constitucionalismo, frente a los cuales el rol del estado es más abstencionista, más de dejar hacer. Tiene que ver con la primera ola del constitucionalismo, que es liberal. En cambio los derechos colectivos, son fruto de la segunda ola del constitucionalismo, que tiene que ver con un Estado más presente, intervencionista”.
Algunas aclaraciones preliminares. “Lo primero que hay que decir, es que los derechos son indivisibles e interdependientes; los derechos no tienen jerarquía. Para garantizar el derecho a la vida, se necesita garantizar el de la salud. El primero es individual y el segundo colectivo; son interdependientes. Y son indivisibles. Hay una idea ahora muy difundida que habla de las generaciones de derechos, en la cual subyace la idea de jerarquía: pareciera que los individuales son más importantes que los sociales o colectivos, y no es así, no hay jerarquía de derechos”, explicó.
Y como si fuera una clase en la Facultad de Derecho, continuó: “Otro punto central, es que los derechos no son absolutos. La libertad de circulación, de prensa, de comercialización, son derechos que están sujetos a restricciones. Esas restricciones, por mandato de la Constitución o tratados internacionales, se tienen que hacer bajo dos criterios fundamentales: legalidad y racionalidad. Este último es poroso, se analiza a partir de los contextos, donde se miden los medios y fines. ¿Cuál es el fin de estas medidas de restricción? Proteger la salud. El análisis a determinar es si el medio es proporcional con ese fin. Eso puede dar lugar a discusión”, indicó y se metió de lleno en la polémica: “Lo que sucedió es que durante los primeros decretos de aislamiento, en general había consenso en que eran constitucionales, porque se entendía que el tiempo en el cual se adoptaron daba un buen resultado el análisis de proporcionalidad. Ahora, cuando ya ha pasado un periodo considerable, hay quienes sostienen que esa proporcionalidad se desvirtuó”.
Y esa es la materia de discusión. “El derecho es interpretación. Quien diga lo contrario, miente”. Antes del cierre, Franco nos dejó la suya: “Esta idea de poner la economía vs. salud, es una falsa dicotomía, no se resuelve en este sentido. En la restricción de los derechos, hay algunos aspectos que pueden ser especialmente sensibles, pero otros, en un contexto tan imprevisible y tan difícil de establecer un horizonte, no creo que pueda derivar en una manifiesta desproporcionalidad o irrazonabilidad, creo que también hay que tener en cuenta la situación de excepcionalidad, acá también hay un punto distinto, estamos trabajando en restricción en un escenario desconocido por todos; me parece que ese elemento no puede perderse de vista en el análisis de la razonabilidad”.

