La jueza de Faltas de la municipalidad de Ramallo fue la responsable de pensar, elaborar y redactar un nuevo Código de Convivencia y Faltas para nuestro distrito. El Ejecutivo lo elevó al Concejo Deliberante para su tratamiento.
“Es un ordenamiento jurídico local que trata las relaciones de convivencia de los ciudadanos. Que es lo que no se puede hacer y que sanción o conducta del Estado reprochable merece. El Código de Convivencia va mucho más allá de una normativa que diga esto no se puede y hace tal cosa. Tiene principios, tiene un espíritu educativo, y la clasificación de distintos reproches desde la administración que no solamente son multas, porque tiene un fin de prevención, de educación, y no repetir conductas en contra de la comunidad”.
Se tomaron otros como referencia. Mencionó que el de Ramallo, principalmente, estuvo inspirado en “ordenamientos muy importantes, como el de Mendoza, Córdoba, Rafaela”. Aunque sostuvo que “cada comunidad tiene sus características propias y establece su ordenamiento municipal propio”.
Por esa razón, para poder ajustarlo a las necesidades del partido de Ramallo, se trabajó durante varios meses con profesionales del municipio que ayudaron a reglamentar cada una de las actividades. Aroza agradeció el apoyo del Ejecutivo que puso a disposición las diferentes áreas y la “colaboración muy importante de Lucas Carignani en Obras Públicas; Karina Pisani en el área de Bromatología, muy generosa; “Chini” Stegman en Zoonosis; el ingeniero Caamaño me dio una clase magistral con fílminas sobre medioambiente”.
Aclaró que en “este Código se encuentran no solo las conductas reprochables». Para facilitar la tarea del ciudadano y el abogado que lo defiende, aparece también «como es el procedimiento según la falta”. Enumeró algunas de las que están tipificadas. “Los residuos, residencia de adultos mayores, cuidado de personas, el trato de animales, la venta ambulante, establecimientos comerciales, industriales, consumidores y usuarios…”
Remarcó que “el espíritu es establecer reglas claras de juego: donde yo me puedo mover, como me puedo mover o que no puedo hacer. Pero el objetivo no es específicamente sancionatorio o reprochable, sino cambiar la conducta. Obviamente, según la gravedad de la falta y también la reincidencia, la amonestación, tareas comunitarias, remediación, tareas educativas también”. Indicó que en lo posible, “toda sanción tiene que ir acompañada de una tarea de educación”.
En Ramallo está vigente la ordenanza 191/85 para generalidades y otras ordenanzas sueltas que se fueron anexando y hay temas que no están contemplados. “Esto es un salto de calidad normativa para nuestro partido, será tarea de los concejales después seguir manteniéndolo y actualizándolo en su momento”.
La importancia de contar con un Juzgado de Faltas y un Código actualizado. “Es respetar el sistema tripartito nuestro, los tres poderes. el Ejecutivo en la figura del intendente; el Legislativo en la figura del Concejo Deliberante; y el juez de Faltas que es el Poder Judicial. La norma lo permite, pero la mezcla de que el Poder Ejecutivo decide sobre faltas es absolutamente desnaturalizado”.
“Esto es histórico, tomar la decisión de crear la justicia de faltas en Ramallo es muy importante, a lo mejor con el tiempo la comunidad se va a dar cuenta”.
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