La asociación civil Unidos por la Vida y el Medio Ambiente (UPVA) presentó un recurso de apelación contra una resolución judicial vinculada a las obras asociadas a la construcción de una planta siderúrgica y a la extracción de tosca en la zona del Arroyo Ramallo. Desde la organización sostienen que la decisión del juez de primera instancia constituye, en los hechos, un “rechazo encubierto” al pedido de frenar las actividades hasta que se acrediten los permisos ambientales correspondientes.
El planteo de la entidad apunta principalmente contra las tareas que, según denuncian, lleva adelante la empresa Sidersa S.A. en el sector cercano al barrio Sironi y la ribera del arroyo. De acuerdo con el recurso presentado, allí se estarían realizando movimientos de suelo de gran magnitud y trabajos vinculados a la construcción del complejo industrial sin contar con las habilitaciones ambientales exigidas por la legislación provincial. Según señalan, las tareas incluyen la generación de cavas profundas y movimientos de suelo que podrían alterar el cauce natural del Arroyo Ramallo y modificar la configuración de la zona costera.
En el recurso presentado ante la Cámara, UPVA cuestiona además la actuación del juez de primera instancia, a quien le atribuyen demoras en la resolución del pedido de medida cautelar para suspender las obras. Según indicaron, esa solicitud lleva cerca de dos años sin una definición.
Desde la organización también sostienen que el magistrado habría minimizado la documentación presentada al señalar que el planteo se apoyaba en “informaciones periodísticas”. Sin embargo, aseguran que en el expediente existen informes del Honorable Concejo Deliberante de San Nicolás, actas de un allanamiento realizado en el marco de una causa penal federal y testimonios policiales que darían cuenta de las actividades denunciadas.
Otro de los cuestionamientos apunta a que el juzgado habría exigido una acreditación detallada del daño ambiental para avanzar con la medida cautelar. UPVA considera que ese criterio contradice el principio precautorio del derecho ambiental, que establece que ante la posibilidad de un daño grave o irreversible no es necesario contar con certeza científica absoluta para adoptar medidas de protección.
A partir de estos argumentos, la ONG solicitó a la Cámara que revoque la decisión del juez y dicte de manera urgente una medida cautelar que suspenda tanto la extracción de tosca como los trabajos vinculados a la obra industrial, al menos hasta que las empresas involucradas presenten los permisos y certificaciones ambientales exigidos por la normativa vigente.
El conflicto tiene antecedentes previos. El predio ya había sido objeto de una investigación en 2021 por el depósito de cenizas industriales con presencia de metales pesados, entre ellos cadmio y plomo. A fines de 2023 comenzaron las presentaciones judiciales vinculadas a la actual controversia, cuando el abogado Fabián Maggi formuló una denuncia penal ante la Fiscalía Federal de San Nicolás por presunta infracción a la Ley de Residuos Peligrosos, lo que dio inicio a una investigación en la que intervino la Policía Federal.
Las primeras actuaciones incluyeron testimonios y tareas de campo que confirmaron el movimiento de camiones cargados con tosca desde las cavas hacia el predio de la acería Sidersa. En paralelo, UPVA impulsó una causa en el fuero civil solicitando una medida cautelar para detener las obras por el posible impacto ambiental.
Sin embargo, a lo largo de 2024 y 2025 el expediente registró sucesivas demoras judiciales mientras se pedían informes, se discutía la competencia entre fueros y se solicitaba documentación adicional. Durante ese proceso también se incorporó un informe de la Dirección de Registros Mineros que indicó que la cantera no contaba con habilitación para realizar explotación minera.
Ante la falta de resolución sobre la cautelar y luego de varios pedidos reiterados, la ONG interpretó que la decisión judicial implicaba un rechazo implícito de su solicitud. En ese contexto, presentó una expresión de agravios ante la Cámara de Apelaciones, donde cuestiona la valoración de las pruebas, denuncia la falta de aplicación del principio precautorio y solicita que se ordene el cese inmediato de las obras y de la extracción de tosca en el lugar.

