El Juego de la Vida

Proponen ALCOHOL 0 para conducir vehículos en Ramallo

Es un proyecto de Ordenanza presentado por el concejal Leandro Torri para adherir a la Ley Nacional de Alcohol Cero con el objetivo de reducir los siniestros viales.

La iniciativa contempla la modificación del artículo 24° del Capítulo VI del “RÉGIMEN DE FALTAS DE LA MUNICIPALIDAD DE RAMALLO”.
La propuesta del nuevo proyecto es la siguiente. “Por conducir en estado de alteración psíquica, ebriedad o bajo acción estupefacientes o tóxicos con impedimentos físicos o nerviosos que dificulten el manejo con multa de 50 a 250módulos y/o inhabilitación de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días, en orden a la siguiente escala:
a) Cuando la medición alcoholimétrica sea superior a (0,0 gr/l) y menor de tres décimas de gramo por litro (0,3 gr/l) de sangre, el conductor no podrá continuar y, si correspondiera por no contar con acompañante en condiciones físicas y legales de tomar la conducción del vehículo, deberá afrontar los gastos de acarreo y con multa de 10 a 50 módulos y/o inhabilitación de hasta treinta (30) días.
b) Cuando la medición alcoholimétrica sea de entre tres décimas de gramo por litro (0,3 gr/l) de sangre a siete décimas de gramo por litro (0.7 gr/l) de sangre, con multa de 50 a 100 módulos y/o inhabilitación de hasta ciento ochenta (180) días.
c) Cuando la medición alcoholimétrica sea mayor a (0.7 gr/l) siete décimas de gramo por litro (0,71 gr/l) de sangre hasta un gramo y tres décimas de gramo por litro (1,3 gr/l) de sangre, con multa de 100 a 150 módulos y/o inhabilitación de hasta doscientos diez (210) días.
d) Cuando la medición alcoholimétrica sea superior a un gramo y tres décimas de gramo por litro (1,3 gr/l) de sangre, con multa de 150 a 200 módulos y/o inhabilitación de hasta doscientos cuarenta (240) días. Asimismo, deberá realizar durante una semana los cursos de capacitación en educación vial que el Departamento de licencia de conducir estime conveniente.
e) Cuando la medición alcoholimétrica detecte cualquier valor superior a cero (0) décimas de gramo por litro y se trate de funcionarios públicos o conductores de vehículos del transporte público de pasajeros en cualquiera de sus modalidades, transporte de cargas o transportes escolares, con multa de 200 a 250 módulos y/o inhabilitación de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días. Asimismo, deberá realizar durante una semana los cursos de capacitación en educación vial que el Departamento de licencia de conducir estime conveniente».

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