Los comercios deberán colocar artículos de higiene para uso del público
Luego de la decisión anunciada por el Presidente de la Nación del aislamiento social preventivo obligatorio, el Sr. Intendente Gustavo Perié, a través del Decreto 186/20, implementó un Protocolo para el comercio local a seguir para la atención al público con motivo de la emergencia sanitaria declarada por el virus COVID-19.
En dicha normativa se insta a los comercios a la colocación de artículos de higiene personal, como jabón, agua, alcohol en gel y productos similares, en los ingresos de los locales. Además, se deberá colocar cartelería que recomiende el uso de los mismos, tanto al ingreso como egreso de los comercios. Procurar la limpieza permanente del mobiliario y los elementos de traslado de mercadería.
Con esta medida también se busca reducir el ingreso de clientes a los locales, tomando en cuenta los siguientes parámetros:
a) Comercios minoristas con un máximo de tres (3) empleados por turno, se permitirá el ingreso de dos (2) personas como máximo por vez,
b) Comercios que posean más de tres (3) empleados y hasta un máximo de doce (12) empleados por turno, se permitirá el ingreso de ocho (8) personas como máximo por vez. En caso de tratarse de supermercados deberán tener activas la totalidad de las cajas,
c) Comercios que posean más de doce (12) empleados por turno, se permitirá el ingreso de diez (10) personas como máximo por vez. Tratándose de supermercados deberán mantener activas la totalidad de las cajas.
También se recomienda que se generen los espacios y horarios, en una franja horaria de una hora y media, a partir de la apertura del local, para atención exclusiva de aquellos clientes denominados de alto riesgo y promocionar el servicio de entrega “Puerta a puerta” (delivery).
Tras la firma del decreto se notificó a los Centros de Comercio del Partido de Ramallo y a los comercios alcanzados por esta disposición, aquellos considerados para las compras “mínimas e indispensables” considerados en el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional.

