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El Concejo Deliberante de Ramallo aprobó el nuevo Sistema Integral de Tránsito Pesado

En la sesión celebrada este jueves, el Concejo Deliberante de Ramallo aprobó por mayoría el proyecto de ordenanza que crea el Sistema Integral de Gestión del Tránsito Pesado (SIGTP), una medida orientada a regular, controlar y sancionar la circulación de vehículos de carga dentro de todo el ejido municipal.

La iniciativa fue aprobada con los votos favorables de los bloques de Fuerza Patria y Juntos por Ramallo. En tanto, los concejales de Hechos y La Vecinal 24 de Octubre votaron en contra, luego de solicitar que el expediente regresara a comisión para profundizar el debate. El pedido fue rechazado por los dos bloques que finalmente respaldaron la ordenanza.

El nuevo marco normativo unifica y deroga diversas ordenanzas previas que se encontraban dispersas, estableciendo un sistema general con los siguientes objetivos centrales:

  1. Proteger la infraestructura vial urbana y rural del deterioro causado por los vehículos de gran porte.
  2. Reducir riesgos de seguridad vial y garantizar la convivencia urbana.
  3. Establecer corredores logísticos obligatorios, zonas restringidas y esquemas de carga y descarga.
  4. Crear un Registro Municipal y un Permiso de Circulación, exigible a todo transporte de carga que opere dentro del partido.

La ordenanza abarca a camiones con o sin acoplado, semirremolques, maquinaria vial o agrícola y cualquier unidad que supere los pesos y dimensiones reglamentarios. Quedan excluidos los utilitarios livianos de reparto urbano, vehículos de servicios públicos y unidades de emergencia.

  • Registro Obligatorio: Se crea el Registro Municipal de Transporte de Cargas del Partido de Ramallo. Estar inscripto será un requisito excluyente para obtener el Permiso Municipal de Circulación.
  • Permiso de Circulación: Será obligatorio portarlo (en formato físico o digital) para ingresar a zonas urbanas, realizar tareas de carga/descarga o transitar internamente por el partido.

El nuevo sistema establece corredores logísticos obligatorios y prohíbe el tránsito de vehículos pesados (vacíos o cargados) por el resto de las calles y avenidas de las localidades. Los únicos ingresos y egresos habilitados son los siguientes:

  • Ramallo, Villa Ramallo, Parque Comirsa y Camino de la Costa: Se accede exclusivamente a través de la Autopista Rosario – Buenos Aires (por el puente del km 218 hacia Comirsa o por el puente del km 205 en Ruta 51 empalmando con la Ruta Provincial 1001), y mediante el Camino de la Costa (Ing. Agr. Horacio Salazar) hasta la calle Velázquez.
  • Pérez Millán: La circulación de tránsito pesado está permitida únicamente en su totalidad por las calles Belgrano, Los Andes, Río de la Plata, Río Paraná y Rivadavia.
  • Villa General Savio: El ingreso se realiza de forma exclusiva por la calle Simón Sánchez (Ruta 1001) en todo su trazado.
  • El Paraíso: El recorrido autorizado sigue un circuito específico que abarca las calles Aguirre, María Unzué de Alvear, Saavedra, José Riccó y Quesada.

El proyecto incorpora un nuevo título al Código de Convivencia y Faltas de Ramallo (Ordenanza N° 6834/23) para penalizar los incumplimientos. Las multas se determinan en Unidades Fijas (UF), equivalentes al valor del litro de la nafta de mayor octanaje en estaciones de servicio de bandera nacional:

  • Sanción genérica: Toda transgresión que no posea una sanción específica se multará con entre 400 y 2.400 UF.
  • Circulación en zonas restringidas: Transitar o permanecer en zonas urbanas no permitidas sin el permiso municipal correspondiente conllevará una multa de 2.500 UF.
  • Exceso de carga:
    • De 500 a 1.000 kg de exceso: 400 UF.
    • De 1.001 a 2.000 kg de exceso: 800 UF.
    • De 2.001 a 3.000 kg de exceso: 1.200 UF.
    • De 3.001 a 4.000 kg de exceso: 1.600 UF.
    • De 4.001 a 5.000 kg de exceso: 2.000 UF.
    • Exceso superior a 5.000 kg: Se aplicará una multa de 800 UF por cada tonelada de exceso. Además, se dispondrá la retención preventiva del vehículo y la clausura de la empresa cargadora si posee habilitación en el distrito.
  • Apercibimiento inicial: Habrá un período de apercibimiento desde la promulgación hasta los primeros 90 días posteriores.
  • Daños a la infraestructura: Los costos de reparación por daños a bienes municipales recaerán solidariamente sobre el infractor y el titular del transporte, pudiendo retenerse la unidad hasta comprobar el pago.

Un punto saliente de la ordenanza aprobada es la afectación específica de los fondos ingresados en concepto del gravamen de control de la Red de Tránsito Pesado:

  • Infraestructura vial e hídrica: Todo lo efectivamente recaudado será destinado directamente al financiamiento de obras de infraestructura vial e hídrica vinculadas a la red de tránsito pesado en la jurisdicción del Partido de Ramallo.
  • Seguridad vial: También se destinarán fondos a programas y acciones de capacitación y concientización sobre seguridad vial.
  • Transparencia: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá abrir cuentas y partidas presupuestarias específicas para garantizar que se pueda auditar e identificar claramente el origen de los fondos y su aplicación final.