Le bajaron la sanción a Matías Jaime y podrá jugar con Sp. Las Parejas
El futbolista había sido suspendido por tres partidos en el encuentro de la 20° fecha con Defensores de Pronunciamiento, pero el Tribunal de Disciplina reconsideró el fallo y redujo el castigo a una que cumplió el pasado fin de semana ante El Linqueño; el sábado podría reaparecer ante Sp. Las Parejas. En tanto, Federico Gay acumuló 5 tarjetas amarillas y se perderá el duelo con los santafesinos.
EXPEDIENTE N°4860/23 – TORNEO FEDERAL “A” 2023
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de Julio de 2023.
VISTO:
El Recurso de Reconsideración presentado por el jugador del Club Defensores de Belgrano de Villa Ramallo, Sr. Jorge Matías Jaime, DNI
nro. 36.053.934, respecto a la sanción de tres (3) fechas de suspensión que se le aplicara en el Expediente de referencia por imperio del Art.
200 inc. “A” 8 del RTP, y;
CONSIDERANDO:
Que, el árbitro del partido oportunamente informó: “…Expulsado del juego en 79. min Juego brusco grave, por aplicarle una patada en forma
de plancha a un adversario en la canilla estando el balón en disputa…”. En su presentación el Sr. Jaime expresa “…Como se puede apreciar en
el material fílmico que aporto con la presente, corría el minuto 33 del segundo tiempo y me dispongo a disputar el balón (en forma correcta)
con el jugador de equipo contrario, quedando mis piernas por detrás del cuerpo de este, nótese que al despejarse el balón en ningún momento
miro al jugador, sino sigo la trayectoria del mismo. Al querer saltarlo, este, instintivamente levanta su brazo derecho provocando la sujeción
con el empeine de mi pie, impidiéndome continuar la acción y evitar el contacto, trayendo como consecuencia que me trastabille y caiga al
césped. Con este relato, no quiero demostrar que no haya existido falta, potestad absoluta del árbitro, sino, que tengan bien reconsiderar la
sanción que me fuera impuesta por considerar que en ningún momento tuve la intención de provocar el daño o que la acción se haya realizado
con la violencia que se me atribuye y menos aun que haya actuado con plancha o pisotón intencional. Al contrario, y como fuente de veracidad
de mis dichos es que acompaño el informe visual…”.
RESULTANDO:
Que, del análisis del material fílmico acompañado al planteo recursivo, surge evidente que el jugador de que se trata, no le aplicó una patada
en forma de plancha a un adversario en la canilla estando el balón en disputa, sino que en una acción de juego brusco, al disputar el mismo
termina impactando con el muslo de su pierna izquierda en el rival.
Que, si bien este Tribunal considera que el informe arbitral hace plena fe de los hechos que relata, ello no resulta óbice a que en casos como
el bajo examen, donde a partir de una interpretación subjetiva del juez principal, se ha considerado que el jugador perpetró una agresión a un
adversario que no fue tal como la informada oportunamente.
En virtud de ello, es que este Cuerpo estima procedente acoger la reconsideración impetrada por el jugador del club Defensores de
Belgrano de Villa Ramallo, Sr. Jorge Matías Jaime, y en consecuencia reducir la sanción que se le impuso primitivamente de tres (3) fechas de
suspensión, a un (1) partido, conforme a lo normado por el Art. 204 del RTP.-
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,
RESUELVE:
1°) Hacer lugar al Recurso de Reconsideración planteado por el Sr. Jorge Matías Jaime, DNI nro. 36.053.934, jugador del club Defensores
de Belgrano de Villa Ramallo, y en consecuencia reducir la sanción que se le impuso primitivamente de tres (3) fechas de suspensión a tenor de
lo normado por el Art. 200 inc. “A” 8 del RTP, a un (1) partido, conforme a lo normado por el Art. 204 del RTP (Arts. 32 y 33 del RTP).

