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Franco gatti: la detencion por averiguacion de antecedentes es inconstitucional

El docente e investigador nacido en Ramallo, que realizó una pasantía en la Corte Interamericana de Derechos Humanos y otras capacitaciones en España y Brasil, se refirió a los límites que tienen las fuerzas de seguridad en los operativos llevados a cabo en la vía pública.

  ¿Puede un policía detener a una persona en la vía pública? “Definitivamente, no. En general el funcionario o el agente se encuentra en primera instancia con la norma que aplican de manera cotidiana, que suele ser, en el caso de la policía, algún edicto, estatuto o reglamento, eventualmente una ley provincial, pero hay un desconocimiento total de lo que son las normas constitucionales y las que emergen de los tratados internacionales sobre Derechos Humanos que tienen una jerarquía superior y por lo tanto no se pueden desconocer. Lo que sucede, además, es que hay una práctica, una costumbre, sobre todo en las fuerzas de seguridad, que se ha reiterado a lo largo del tiempo y que la misma ciudadanía la ha naturalizado. Por ejemplo: detener para averiguar antecedentes. Es una práctica resabio de la época de la Dictadura. Por supuesto que hay normativas, como los edictos policiales, que las legitiman. Pero hay una evolución clara en la jurisprudencia de los tratados internacionales donde esas prácticas van en contra de los principios elementales del derecho penal que están consagrados en la Constitución y en los tratados como por ejemplo el “principio de inocencia”.
  Por todo lo dicho: “La detención por averiguación de antecedentes, es inconstitucional. No puede detenerse a una persona por averiguación de antecedentes. Se está privando de un derecho fundamental y básico como es la libertad por el criterio de sospecha, de tener una duda sobre su inocencia”, afirmó.
  ¿Cuándo puede la policía detener a una persona? “Las posibilidades de detener de la policía son: cuando se está cometiendo un delito o con una orden judicial”.

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