Franco Gatti criticó el procedimiento de proponer a la Dra Aroza al frente del Juzgado de Faltas
El Intendente Gustavo Perié le propuso a la Dra. Sol Aroza ocupar el cargo público de Juez de Faltas. El año pasado, la concejala Silvia Di Bacco había presentado un proyecto que reglamenta el procedimiento de selección y designación a través de un concurso público, ajustándose a los principios de igualdad de oportunidades, mérito y capacidad, entre otros.
Franco Gatti, abogado, profesor universitario y especialista en Derecho Público Global, fue consultado por Radio Meta sobre el accionar del Ejecutivo. “Me parece mal, el acto administrativo es irregular, no me quiero arriesgar a decir nulo, pero es arbitrario. Primero, porque no está fundado, por lo que yo leí; y como todos sabemos, los actos administrativos tienen que estar fundados. Para fundar la propuesta de un cargo lo que debería constar son algunas condiciones que hacen a la idoneidad. El artículo 16 de la Constitución, dice que, para ejercer la idoneidad, la única manera de acreditarla es a través de un concurso público”.
Gatti aclaró, además, que la persona “debería tener una dosis de independencia del Ejecutivo, porque la idea de designar un juez de Faltas es separar el juzgamiento de las faltas, de las contravenciones, de la cabeza del intendente”.
Comparó. “El ejemplo más claro, para que se entienda, es el de los jueces de la Corte (Suprema) nacional, salvando las enormes diferencias, pero lo que dicta la Constitución en materia de ministros de la Corte Suprema es que también los propone el presidente de la Nación, pero desde el 2003, y esto ha sido muy bueno, el presidente se autolimitó y dictó un decreto que establece un mecanismo para esa propuesta, e incluso, en el caso de los jueces de la Corte, hay una posibilidad para que la ciudadanía emita observaciones y que uno pueda impugnarlos”.
Remarcó cuál es el mecanismo: “Hay que autolimitarse, y la forma de hacerlo es como en un momento se pensó: dictar una ordenanza que establezca el mecanismo de concurso público, porque si no, volvemos a lo mismo y la corrupción también está en estos actos”.
Un cargo que requiere estar preparado. “Las faltas también tienen como sanción, no solo una multa, sino también una clausura, una inhabilitación… es decir, es un ejercicio del poder punitivo del Estado, por eso estudian el Derecho Penal también, por eso no puede estar en manos de cualquier persona, hay que saber perfectamente los alcances que tiene el Derecho Contravencional y de Faltas, hay que saber muy bien Derecho Administrativo porque una sanción mal impuesta en el contexto de la justicia de Faltas, obviamente se puede recurrir ante la justicia ordinaria”
Una buena idea, pero mal encarada. “Hay que celebrar la voluntad política que quieran avanzar en este sentido, me parece que ya era hora de hacerlo, pero hay que hacerlo bien, porque si el problema es que está concentrada el juzgamiento de las faltas y las contravenciones en la cabeza del intendente, no implica que nombre a una persona de mi confianza o algún conocido por sus conocimientos. Eso no es reparación histórica de nada. Si la conozco, sería una causal para no nombrarla, es todo al revés”.

